Definición de CEMENTERIO


    Terreno descubierto, rodeado de tapias, donde son enterrados los cadáveres. Los cementerios constituyen, por lo general, propiedad de los municipios, encargados de su conservación y administración. Son de uso público, en cuanto a fines piadosos, para los vivientes. Como la personalidad jurídica termina con la muerte, precindíre- raos de considerar el bizantino problema de si el enterramiento constituye derecho u obligación con respecto al cadáver. Desde luego, los parientes o deudos del difunto no pueden oponerse a la conducción de éste al cementerio y a su sepelio, aunque pueden elegir a veces entre varios de ellos, si no consta la voluntad del difunto; punto importante allí donde hay separación de cementerios por razones religiosas, de nacionalidad o de raza.
    Actualmente, salvo algunos sepelios clandestinos o especialísimamente autorizados, existe la prohibición de enterrar fuera de los cementerios, por motivos sanitarios sobre todo. Por el contrario, fué práctica, durante muchos siglos de la cristiandad, dar descanso eterno a los fieles en el suelo o en las paredes de las iglesias.
    Lugares de tanto respeto como los cementerios no podían ser olvidados en la protección legal. El Cód. Pen. esp. castiga, como falta y con multa y reprensión, la profanación de cementerios o lugares de enterramiento, cuando el hecho no constituya delito. (v. SEPULTURA.)

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