- La realización de un matrimonio civil con omisión de los trámites o desprecio de los impedimentos establecidos en la ley, produce por lo general el doble efecto civil de su nulidad y de medidas especiales de carácter económico en el régimen conyugal de bienes y, además, una sanción penal, que no excluye mayor severidad en supuestos especiales; por ejemplo, el casamiento entre parientes en línea recta, que integra además incesto. (Para la legislación arg., v. los arts. 134 y ss. del Cód. Pen. y 109 y 110 de la Ley de matr. Civ.; para el Derecho esp., los arts. 465 a 473 del Cód. Pen. Además, BIGAMIA, MATRIMONIO ILEGAL, NULIDAD DEL MATRIMONIO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual