- Institución medioeval, conservada todavía en Galicia y Asturias. Se denomina céduki de planturía la cesión que una comunidad religiosa o un cabildo eclesiástico, aunque también un particular, hace de un terreno inculto con la condición de convertirlo en viñedo, cuya explotación se concede a cambio de una pensión o canon, mientras la finca está en producción, hasta que mueren las cepas. La renta suele ser variable, por estipularse casi siempre el quiñón o quinta parte de los frutos. El dueño directo carece de las facultades de desahucio o comiso. Se parece al foro (v.e.v.) por la división dominical y a la rabassa morta (v.e.v.), por el cultivo de la vid; pero carece de la duración indeterminada del foro, y admite la enajenación y transmisión, intewdvos y mortis causa, de las fincas.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual