- Caudal, hacienda, bienes. Encubridor. En el comercio marítimo, cantidad que en concepto de gratificación percibe el capitán de un buque. Debe constar en la póliza de fletamento, según dispone el art. 952, n9 99, del Cód. de Com. esp., al mencionar como una de las condiciones que aquélla deberá contener la de: "el tanto de capa que se haya de pagar al capitán". Precepto similar inserta el Cód. de Com. arg. al establecer en el n9 79 del art. 1.020 que la póliza de fletamento "hará expresa mención" de "lo que haya de darse ?al capitán por capa o gratificación".
Andar de capa caída indica quebranto de fortuna, favor o salud.
Defender a capa y espada demuestra amparo o patrocinio hasta el límite de los argumentos, medios o armas.
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual