Definición de CANCILLER DE CASTILLA


    Miembro del Consejo de Castilla que tenía la misma autoridad que su presidente, hasta la reforma de Enrique 111. Sellaba las provisiones y cartas reales, tenía jurisdicción en lo judicial y recibía y aprobaba a escribanos y notarios. El cargo se unió después honoríficamente al de arzobispo de Toledo.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...