- En el sentido de establecimiento público donde se sirve y se toma la bebida de igual nombre, y otras, el Cód. Pen. esp. considera que no existe allanamiento cuando se penetra en los cafés mientras estén abiertos. Como ello significa poderlo hacer contra la voluntad del dueño, implica indirectamente que poseen muy poco valor, en tales establecimientos "públicos", los letreros de "reservado el derecho de admisión"; aunque, sí, quepa siempre no admitir o expulsar a quien proceda de manera molesta u ofensiva para la clientela.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual