Definición de CABANA REAL DE CARRETEROS


    La antigua hermandad, cuerpo o gremio formada por la gente de este sufrido oficio, dedicado al transporte de efectos del servicio público o privado, valiéndose de carros y carretas, antepasados de los modernos y ruidosos camiones o camionetas.
    Entre sus privilegios de antaño figuraban el de libre circulación por todos los caminos y carriles de los pueblos; el poder soltar en cualquier parte sus muías, bueyes y otros animales de tiro, para pacer hierbas y beber las aguas de todo lugar que no fuera olivar, viña, huerta, prado y dehesa; cortar madera de los montes públicos, para arreglar sus carros; llevar armas defensivas y ofensivas, contra los frecuentes salteadores de otros tiempos; y poder pasar con alimentos para sí, sin tener que pagar los molestos impuestos de consumas y otros a la entrada y salida de los poblados (Nov. Recop., lib. VII, tít. XXVIII).
    Contaban también, en la vieja atomización de la justicia, con la consabida jurisdicción especial, que en primera instancia correspondía al juez conservador de la cabana real de carreteros, con apelación ante el Consejo Real; lo cual desapareció con la derogación de fueros en 1836.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...