Definición de BOALAR


    Derecho a apacentar el ganado en los terrenos comunales. La dehesa o tierra sujeta a este pastoreo.
    En la actualidad, ante el silencio del Apéndice foral de Aragón, región en la que los boalares existen, el régimen jurídico de la institución depende de la costumbre. Antiguamente, la concesión se efectuaba por Real Cédula cuando la extensión de la tierra fuera mayor de un Uro de ballesta; y por los hombres del lugar, .cuando fuera menor de e9a refe- f ciencia imprecisa.
    El boalar se considera servidumbre, análoga a la regulada en el Cód. Civ. esp. con el nombre de comunidad de pastos (v.e.v.); aunque también se haya querido estructurar como derecho real de goce o como derecho de pastos sui géneris.
    El boalar es incompatible con la alera foral (v.e.v.) y está exento de la desamortización, según ley de 1856. (v. SUERTES DEL BOALAR.)

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