- Fugitivo de la justicia llamado por bando. Se denomina así al malhechor, forajido, bandolero, salteador de caminos, ladrón en cuadrilla y, principalmente, al criminal en despoblado* La ley 1* del tít. XXVII, del lib. XII de la Novísima Recopilación, señalaba "que los salteadores que anden en cuadrillas robando por caminos o poblados, y siendo llamados por edictos o pregones de tres en tres días, no parecieran a compurgarse de los delitos de que son acusados ante los jueces de sus causas; y dieren lugar a que éstas se sustancien en rebeldía, sean declarados, tenidos y reputados por rebeldes contumaces y bandidos públicos: ) que cualquiera puede libremente ofenderlos, matarlos y prenderlos, sin incurrir en pena alguna, tra- yéndolos vivos o muertos a los jueces de los distritos en que ocurra su prisión o muerte: )que,pu- diendo ser habidos, sean arrastrados, ahorcados, hechos cuartos y puestos por los caminos y lugares donde hubiesen delinquido, y sus bienes sean confiscados". (v. BANDOLERISMO.)
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