Definición de ASUNCIÓN DE CRÉDITO


    La transmisión de un. derecho de crédito, a un nuevo acreedor, sin alterar la naturaleza de la obligación activa. Excluye la novación (v.e.v.). Puede realizarse tanto como cesión de créditos como mediante la subrogación (v.e.v.). No es tecnicismo hispanoamericano, sino alemán, (v. ASUNCIÓN DE DEUDA.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...