- Delito que comete el funcionario publico cuando obliga a un preso o detenido a hacer lo que no quiere ni debe, o le impide hacer lo que puede y quiere. En el Cód. Pen. arg. se castiga con prisión de un mes a un año, e inhabilitación especial por doble tiempo, al "funcionario que impusiere a los presos que guarda, severidades, veiaciones o apremios ilegales" (art. 143, 5?).
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual