Definición de "ACCESSIO PERSONAE"


    Locución latina. Accesión de personas. Se refería a la constitución en* un mismo contrato, junto al acreedor principal y pleno, de otro accesorio, adjectus solutionis gratia (v.e.v.), que tenía derecho a recibir válidamente el pago de la deuda o el cumplimiento de la obligación* pero sin derecho a perseguir judicialmente al deudor ni a perdonarle su deuda.


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