Definición de " SUCCESSIO IN UNIVERSUM JUS DE FUNCTI"


    Locución latina. Sucesión en todos los derechos del difunto; tanto en los derechos reales como en. los créditos, además de ia responsabilidad por sus deudas y demás obligaciones. El heredero sucedía también en la posesión del de cu fus si un tercero no se había apoderado de los bienes entre el momento de la muerte del causante y la toma de posesión del sucesor.


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