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Fallos: 87:435 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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Dice que aunque no puede determinar con precision el monto de las defraudaciones de Shaw, le basta la comprobacion de veintitantos mil pesos para entablar su acusacion, por lo que pide se aplique á este procesado 6 años de penitenciaría, grado máximo de la pena fijada por los artículos 202, y 203 inciso 6", del Código Penal y en atencion á lo establecido por los artículos 52, 84 y 86, incisos 4° y 5° del mismo, Ya sea en vista de lo pedido por el señor Procurador fiscal y que se ha consignado, ya porque para el criterio de la ley, y á los efectos de la pena no es indispensabie averiguar desde luego el monto de estas defraudaciones, que están constatadas por más de 20.000 pesos, es ahora la oportunidad de estudiar las exculpaciones que Shaw hace por medio de su defensor y su defensa, en derecho, de la acusación fiscal, 4° La defensa del procesado Shaw empieza por constatar la notoria buena conducta de éste, anterior al proceso, demostrada por todos sus actos de empleado y hasta por las declaraciones de los empleados del Banco, Ibañez, Román y aun Eizaguirre, En el juicio que forma de la acusacion del Ministerio Público, y en cuanto al punto de derechos sostiene la tésis de que los actos confesado por Shaw no importan en manera ulguna el delito acusado por el fiscal ni otro delito cualquiera ; sinó simplemente el uso de dinero del Banco con ánimo de devolverlo, lo que importa simplemente una deuda civil queShaw — ha estado siempre y está actualmente dispuesto á pagar ógurantir, 5° Para apreciar jurídicamente estos descargos, es necesario tener en consideracion los datos del sumario y algunas pruebas del plenario sobre los hechos que se imputan al procesado, En su primera declaracion hecha ante los empleados del Banco, dijo:

« Que actualmente no tiene fondos para responder á estas sumas y que tratará, si fuera posible, de buscar por todos los me

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:435 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-435

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