DE JUSTICIA NACIONAL 115 | tigos tampoco han reconocido ante el proveyente, en Baratieri, ! al mismo sujeto que les quiso cambiar ese billete de 10 pesos.
Bariateri no ha sido careado ni con los testigos ni con el otro procesado, de manera, entónces, y ante la duda sobre el cono- | cimiento de la falsedad de los billetes, caso de haber pretendido cireularios, debe estarse ú su favor (art. 13, Código de Procedimientos en materia criminal), | 4" Quede los resultandos en que se relacionan los antecedentes de esta causa y dada la forma como Baratieri acompañado de Paresi Andrea llegó procedente de Pergamino á Santa Teresa, :
asf como el secuestro en la casa en que se alojaron en este último punto, haría suponer lógicamente que uno ú otro los :
ocultó alli, 6 Baratieri solo si quiere, los billetes falsos. Por | graves que sean las sospechas sobre la tenencia de los billetes falsos y como esa sola tenencia no constituye delito ante la ley y los indicios que surgen de ellas ni son concordantes entre sí 1 y el hecho principal del proceso, cual es el de la pretendida :
circulacion por Baratieri del billete falso de 10 pesos que indi- y can los sujetos Bruni y Masneri y la misma policía, cuya identidad con el corriente en autos no es posible reconocer, desde que se omitió por la última hacer constar el número ú otras señales del billete; tenemos entonces, que la prueba de indicios no puede hacerse valer contra el reo Oreste Baratieri por carecer de la gravedad y precision requeridas por la ley (art. 358 del Código de Procedimientos).
No estando tampoco comprobado que Baratieri sea la misma persona á que se refieren los testigos, procede pues, ante lo expuesto en el considerando tercero y precedente, su absolucion de culpa y cargo. La intencion criminal se presume en la ejecucion de hechos calificados de delito, lo dice el Código Penal ordinario, artículo 7, pero para que esa disposicion pudiera serle ' aplicada á Baratieri, en el sub-judice habría sido menester en prueba del conocimiento de la falsedad del billete por parte del T. LXXXI 8 E
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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:113 
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