" de fianza es procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo trescientos setenta y seis del citado Código.
Poresto, se revoca el auto apelado de foja siete, debiendo, en consecuencia, el inferior conceder la excarcelacion, próvias las formalidades de ley. Devuélvanse,
BENJAMIN PAZ, — LUIS V. VA-
RELA. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.
CAUSA CL AX
Criminal contra Antonio Bern: (a) Barbis y Amadeo ltosas, por etrculacion de billetes falsos de curso leyal Sumario. — El reo de circulacion de billetes falsos de curso legal se halla sometido á las penas establecidas por la ley nucional penal de 14 de Setiembre de 1863.
Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 13 de 1895, Y vistos: esta cansa criminal seguida de oficio á Antonio Berni (a) Barbis, italiano, de 35 años de edad y doce de resi
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:387
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