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Fallos: 64:419 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Lo : : E " DE JUSTICIA NACIONAL 419 tiago Fox, sobre escrituracion de un contrato de compra-venta, que en apariencia se consignaba en escritura pública, El demandante, á virtud de este antecedente, pidió en la misma demanda y obtuvo del Juzgado, el embargo preventivo del inmueble objeto del contrato de compra-venta.

El demandado, señor Santiago Fox, en conocimiento del embargo trabado, se presentó pidiendo la reposicion de la providencia que lo había autorizado, y fundándose en que el contrato acompañado á la demanda no era un instrumento públiro, sinó un simple boleto de venta privada, que había sido protocolizado sin órden de juez competente, sin que se supiera si era auténtica la firma del que lo suscribió como apoderado del mismo Fox, y sin que además se encontrara transeripto ese mandato.

Sustanciado est» recurso en legal forma, encontrándose exactos los antecedentes expuestos por Fox, el Juzgado lo resolvió dejando sin efecto el embargo preventivo, pues no existía de ningun modo la prueba fehaciente de la denda que requieren los procedimientos de la justicia federal para ser autorizad».

La parte del señor Rodriguez apeló de esta resolucion, y en fecha 4 de Febrero último se le concedió el recurso, y por su parte don Santiago Fox «e presentó pidiendo reposicion del auto sin trámite, á cuya peticion el juzgado proveyó lo siguiente :

< La Plata, Febrero 12 de 18965, « Autos y vistos : Sustanciado el recurso de reposicion á que se refiere el precedente escrito y resuelto por el tribunal enla forma que lo establece el auto de 27 de diciembre último, este auto quedó de derecho ejecutoriado, desde que segun el texto del artículo 205 de la ley de procedimientos contra él no se concede recurso alguno.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:419 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-64/pagina-419

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