-—. FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E | tado de su santidad por el señor Carlos Calvo encargado especial del Gobierno argentino al efecto, como lo demuestran las notas precedentes. La aceptacion de parte de su Santidad Leon XIII de la presentacion del Gobierno Argentino del Prelado designado para la arquidiócesi. 1e la República, la premura con que el Sumo Pontífice ha apresurado la institucion dispensando benignamente el proceso canónico, su expedicion por breve á que se ha dignado acceder, á fin de que la provision de la huérfana Arquidiócesis no se retarde más tiempo segun la comunicacion de su Eminencia el Cardenal Rampolla y los benévolos conceptos expresados por su Santidad, segun las notas del encargado especial, bácia la Nacion Argentina y su Gobierno, son títulos de valiosa consideracion para el inmediato acuerdo del pase. El Breve de su Santidad reviste caracteres de una autenticidad incontestable, siendo remitido con los documentos y notas anexas por el señor Ministro Plenipotenciario de la República, en Alemania, acreditado especialmente para ese acto ante su Santidad y en sus disposiciones de fondo no afecta los derechos del Patronato que ha ejercido el Gobierno Argentino en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 67 de la Constitucion Nacional. El juramento canónico impuesto a! Prelado instituido segun la fórmula acompañada al Breve de Institucion, no excluye el que ha de prestar ante la autoridad nacional, segun la forma precedentemente establecida y practicada. Nada obsta por ello á que V. E., en uso de la atribucion que le confiere el inciso 9 del artículo 86 de la Constitucion Nacional, otorgue su superior acuerdo al pase del Breve Pontificio que instituye á Monseñor Castellano, arzobispo de la Sede Vacante Metropolitana.
Sabiniano Kier,
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:20
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