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Fallos: 60:192 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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— 1 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E nientos setenta y cinco del Código de Comercio, Que planteada E así la materia del debate, el derecho preferente para el pago E de los gastos de justicia, se halla expresamente declarado E tanto por el artículo tres mil novecientos del Código Civil, e como por el citado artículo mil frescientos setenta y cinco del h Código de Comercio, que establece los privilegios sobre el flete en el órden en que están consignados en el mismo los créditos A privilegiados, figurando en primer término los gastos de justicia.

| Por esto, se revoca el auto apelado de foja doscientos noventa y ocho. Repuestos los sellos, devuélvanse,.

BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E, TORRENT.
CAUSA CLAXV
Don Manuel Quesada contra Don Pedro A. Gartland, por procedimiento de apremio; sobre denegacion de recursos Sumario. — En el procedimiento de apremio, no corresponde el recurso de apelación contra la sentencia que manda llevar adelante la ejecucion.

E sii

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-192

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