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Fallos: 346:856 de la CSJN Argentina - Año: 2023

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La disposición de la AFIP mediante la cual se dio por finalizadas las funciones que ejercía la actora como jefe de sección cobranzas judicial y se le asignaron nuevas tareas en la función de asesor debe ser confirmada, pues no resulta lógico sostener que el hecho de que un desempeño disvalioso por parte de un agente que tiene a su cargo funciones de jefatura haya sido verificado mediante la oportuna imposición de una sanción, genere un impedimento para que la AFIP en uso de sus facultades discrecionales en materia de organización interna y conforme a la normativa convencional pertinente, disponga, con el propósito de lograr una mejor prestación del servicio, su reubicación y reemplazo, con mantenimiento de su categoría escalafonaria ya que de lo contrario, la circunstancia de haber sido sancionado conferiría al trabajador una estabilidad que excedería el alcance de la prevista para los agentes de la AFIP de planta permanente en el artículo 14 del convenio colectivo respectivo (Laudo 15/91) (Voto de los jueces Rosenkrantz y Lorenzetti).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de agosto de 2023.

Vistos los autos: "Alaguibe, Ana María c/ AFIP s/ contencioso".

Considerando:

1") Que Ana María Alaguibe interpuso demanda contencioso administrativa contra la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP) con el fin de que se dejara sin efecto la disposición SGRH 171/07 por la que se habían dado por finalizadas las funciones que ejercía en el carácter de Jefe de Sección Cobranzas Judicial de la Agencia Sede Paraná y se le asignaron nuevas tareas, correspondientes al grupo 23, función 4, Asesor Principal de Tercera de la Clase Administrativo y Técnico del ordenamiento escalafonario previsto en el laudo 15/91.

También cuestionó la disposición AFIP 554/08 que había rechazado el recurso jerárquico interpuesto contra la resolución SGRH 171/07.

27) Que la Cámara Federal de Paraná revocó —por mayoría- la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, hizo lugar a la deman

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:856 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-346/pagina-856

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