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Fallos: 343:2329 de la CSJN Argentina - Año: 2020

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Poder Judicial de la Nación, desde el 13 hasta el 26 de abril, ambos incluidos, del 2020. Designar autoridades de feria de la CSJN.11. Aprobar el uso de la firma electrónica y digital en el ámbito de la C.S.J.N. respecto de los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos que suscriban los Señores Ministros y los Señores Secretarios de esta Corte.12. Aprobar el uso de la firma electrónica y digital en el ámbito del Poder Judicial de la Nación. respecto de todos los magistrados y funcionarios de las instancias inferiores que desarrollan su actividad con el Sistema de Gestión Judicial. Aprobar el PROCEDI
MIENTO DE RECEPCIÓN DE DEMANDAS, INTERPOSICIÓN

DE RECURSOS DIRECTOS Y RECURSOS DE QUEJA ANTE
CÁMARA", que como Anexo, integra la presente; el que entrará en vigencia a partir del día 20 de abril del corriente año.13. Prorrogar la feria extraordinaria respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias que integran este Poder Judicial de la Nación, desde el 27 de abril hasta el 10 de mayo, ambos días incluidos, del 2020. Designar autoridades de feria de la CSIN.14. Prorrogar la feria extraordinaria respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias que integran este Poder Judicial de la Nación, desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo, ambos días incluidos, del 2020. Durante esta feria extraordinaria la Corte Suprema de Justicia de la Nación funcionara con todos sus miembros y secretarios de Corte.15. Disponer que a partir del día 1 de junio de 2020 y de forma progresiva, los oficios a organismos públicos o privados que se libran de manera reiterada y habitual, se tramitarán únicamente en forma digital. Aprobar a tal fin el "Reglamento para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios con Entidades Externas al Poder Judicial DEOX-" que como Anexo integra la presente. Encomendar a la Comisión Nacional de Gestión Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la elaboración y coordinación del plan de implementación progresiva del servicio que aquí se dispone.

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Año: 2020, CSJN Fallos: 343:2329 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-343/pagina-2329

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