artículo 170 de la Constitución provincial). Más específicamente, la Provincia de Salta establece entre las competencias municipales lo relativo a urbanismo y promoción del medio ambiente, paisaje, equilibrio ecológico y polución ambiental, tendiendo al desarrollo sostenible como también la cooperación con la Provincia o la Nación enla preservación del medio ambiente y recursos naturales (artículo 176 de la Constitución provincial).
En este sentido, es principio consolidado en la jurisprudencia del Tribunal que, según el artículo 121 de la Constitución Nacional, las provincias conservan su soberanía absoluta en todo lo relativo a los poderes no delegados a la Nación, principio del cual se deduce que "a ellas corresponde exclusivamente darse leyes de...policía [...], y en general, todas las que juzguen conducentes a su bienestar y prosperidad sin más limitaciones que las enumeradas en el art. 108 (actual art. 126) de la Constitución Nacional" (Fallos: 7:373 ; 9:277 ; 150:419 y 320:619 , considerando 7", entre otros) y la razonabilidad, que es requisito de todo acto legítimo (Fallos: 288:240 ). Esta orientación fue promovida por el artículo 31 de la ley 24.309, que convocó a la reforma constitucional de 1994 con el fin de "fortalecer el federalismo" y se plasmó en los artículos 5° y 123 de la Constitución Nacional.
Estas normas permiten identificar un principio general de descentralización institucional, inspirado en el objetivo de lograr una sociedad más abierta y participativa.
Como todo principio, constituye un mandato para lograr su máxima satisfacción de un modo compatible con otros que resulten aplicables al caso mediante un juicio de ponderación judicial.
9 Que la Constitución Nacional también confiere competencias específicas al gobierno federal en estas materias.
La "cláusula de comercio" (artículo 75, inciso 13, de la Constitución Nacional) otorga al Congreso Nacional la facultad de "Reglar el comercio", que resulta aplicable a los servicios telefónicos interprovinciales (Fallos: 330:3098 , disidencia citada). La doctrina de los precedentes de esta Corte ha respaldado dicha regla, en el entendimiento de que la expresión "comercio" comprende las comunicaciones telefónicas interprovinciales. Por esta razón, tales comunicaciones telefónicas se encuentran sujetas a la jurisdicción del Congreso Nacional (casos:
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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:1113
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