16) Que por las mismas razones expuestas en el considerando anterior debe concluirse que es también válido el inciso m del art. 8° de la ley 7546 que, en el marco de la enunciación de los principios, fines y criterios rectores de la educación en la Provincia de Salta, se limita a reproducir el texto de la Constitución provincial.
17) Que, en consecuencia, la cuestión a resolver queda circunscripta al examen del inciso ñ del art. 27 de la ley 7546 —mediante el cual se reglamenta el derecho previsto en el referido art. 49 de la Constitución de la Provincia de Salta— y de su aplicación por las autoridades educativas locales.
La cláusula legal controvertida dice que: "son objetivos de la Educación Primaria en la provincia de Salta: (...) ñ) Brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa".
Corresponde determinar entonces si el art. 27, inciso "Tú", de la ley de educación provincial lesiona los derechos a la igualdad y a la no discriminación, por cuanto constituyen pautas constitucionales fundamentales que debe respetar y promover la educación pública conforme lo reseñado en los considerandos anteriores.
18) Que para realizar esa determinación se debe tener en cuenta que, luego de la reforma constitucional de 1994, el principio de igualdad que surge del art. 16 de la Constitución Nacional —y que, en general, se ha interpretado como principio de no discriminación en el sentido de que todas las personas deben ser tratadas de igual manera cuando estén en las mismas circunstancias— debe también ser considerado a la luz del art. 75 inciso 23 y de diversas disposiciones contenidas en los tratados con jerarquía constitucional ("Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre", art. II; "Declaración Universal de Derechos Humanos", art. 7; "Convención Americana sobre Derechos Humanos", art. 24; "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", arts. 2.1 y 26; "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales", arts. 2.2 y 3 "Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial", arts. 2° a 7; "Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1832
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