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Fallos: 340:1392 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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VOTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS FERNANDO
ROSENKRANTZ
Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, concordemente con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal subrogante, se desestima el recurso de hecho planteado. Declárase perdido el depósito de fs. 38. Notifíquese y, oportunamente, archívese.


CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso de queja interpuesto por Aseguradora de Riesgos del Trabajo Liderar ART S.A., representada por el Dr: Víctor Ramón Konicoff en su carácter de apoderado y por propio derecho, con el patrocinio letrado de los Dres. Jorge Horacio Gentile y Gustavo A. de Guernica.

Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral y de Familia de la Ciudad de Cruz del Eje; Juzgado de Control de la Ciudad de Cruz del Eje y Cámara Criminal y Correccional de la Ciudad de Cruz del Eje, todos de la Provincia de Córdoba.

LA PAMPA, PROVINCIA DE c/ MENDOZA, PROVINCIA pe
S/ Uso DE AGUAS
AUDIENCIA PUBLICA
La celebración de las audiencias contempladas en la acordada 30/2007 tiene por finalidad elevar la calidad institucional en el ámbito del Poder Judicial y profundizar el estado constitucional de derecho vigente en la República, como así también perfeccionar la difusión pública del modo en que la Corte conoce de los asuntos en los que ejerce la jurisdicción más eminente que le confiere la Constitución Nacional, a fin de poner a prueba directamente ante los ojos del país, la eficacia y objetividad de la administración de justicia que realiza el Tribunal.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1392 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1392

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