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Fallos: 338:1373 de la CSJN Argentina - Año: 2015

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cimiento" -ratificado mediante el decreto PEN 1807/93 y la ley 24.307, y por la ley provincial 11.094-, en cuya cláusula tercera se prorrogó hasta el 30 de junio de 1995 la vigencia del indicado en el considerando precedente.

Asimismo, mediante las leyes 24.468 (artículo 5"), 24.699 (artículo 19 -a la que adhirió la actora a través de la ley local 11.466-, 24.919 (artículo 2") y 25.063 (artículo 11), se extendieron sucesivamente los plazos hasta el 31 de diciembre de 1999.

13) Que en la cláusula primera del Compromiso Federal del 6 de diciembre de 1999, las partes establecieron proponer al Congreso Nacional prorrogar por el plazo de dos años la vigencia de una serie de leyes, entre ellas, la 24.130 —referida ya en el considerando 11 precedente-, siempre que con anterioridad no se sancionara la Ley de Coparticipación Federal prevista en el artículo 75, inciso 2° de la Constitución Nacional.

Tal compromiso, fue ratificado en la órbita nacional por la ley 25.235, y en la provincial por la ley 11.725. Luego mediante la ley 25.239 artículo 17), se prorrogaron expresamente los plazos hasta el 31 de diciembre de 2001.

14) Que finalmente la provincia y la Nación suscribieron el 17 de noviembre de 2000 el "Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal", y en su artículo 3° requirieron nuevamente al Congreso Nacional la continuación por cinco años de varias leyes entre las que se encontraba la 24.130.

La ley 25.400 admitió la solicitud y la demandante adhirió mediante la ley 11.879.

15) Que en la reseña efectuada aparece un hecho y una conducta institucional indiscutible, cual es que las partes respetaron aquel rango normativo superior del derecho intrafederal, expresión máxima de voluntad de los órganos superiores de nuestra organización constitucional. Asimismo reconocieron implícitamente algo característico de los convenios que se habían firmado, esto es su periodicidad, hasta el vencimiento de la prórroga pactada en el "Compromiso Federal por el Crecimiento y la Disciplina Fiscal" (31/12/2005).

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:1373 
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