nes que en el ámbito judicial cumple cada una, en virtud de la intervención de ambas en las mismas causas, torna conveniente vincular los sistemas informáticos de gestión de expedientes judiciales que poseen.
Que para alcanzar dicho objetivo es necesario la sincronización y el intercambio de los registros informáticos entre los dos sistemas a efectos de economizar recursos, al evitar la duplicación de ingreso de datos de los expedientes judiciales que tramitan ante la Corte Suprema de Justicia dela Nación y en los que se dé intervención a la Procuración General de la Nación; lo que a su vez facilitará tanto el análisis y evaluación de la actuación de dichas instituciones, comola difusión de la información pública que generan.
Que, además, tal intercambio de información logrará también el envío por una vía segura de los dictámenes y sentencias que las partes emitan en los procesos judiciales.
Por ello, Acordaron:
Aprobar la suscripción del convenio entre la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Ministerio Público Fiscal, cuyo anexo forma parte de la presente.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — RICARDO Luis LOrEnzetti — ELENA |.
HIGHTON DE NOoLAsco — JUAN CARLOS M AQUEDA — E. RAUL ZAFFARONI — CARMEN M. ARGIBAY.
Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Y EL MINISTERIO PúsLICO FISCAL
En la ciudad autónoma de Buenos Aires a los ... días del mes ... de 2007 entre la Corte Suprema de Justicia de la Nación, representada en este acto por su presidente, doctor Ricardo Luis Lorenzetti, con domicilio legal en la calle Talcahuano 550, piso 4, de esta ciudad, en adelante denominado "CSJN", y por la otra la Procuración General dela Nación, representada en este acto por el señor Procurador General de la Nación, doctor Esteban Righi, con domicilio legal en la calle Guido 1577 de esta ciudad, se conviene celebrar el presente acuerdo de colaboración a fin desincronizar sus sistemas informáticos de gestión de mesa de entradas, de confor midad con las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La PGN enviará a la CSIN la versión digital de sus dictámenes una vez que el sistema corrobore la información de recepción en este último de los dictámenes emitidos en las causas en que interviene.
La CSJN enviaráala PGN la versión digital delas sentencias en que haya intervenido una vez que se dé de alta en el sistema. Se procurará que el envío permita la vinculación automática del documento remitido al registro pertinente de la base de datos del receptor.
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4275
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4275
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