CONVENIO ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
Y UNIVERSIDADES NACIONALES RECONOCIDAS OFICIALMENTE
E INSTITUCIONES DE JERARQUIA CIENTIFICA PARA
CONVOCAR A CONCURSOS DE MONOGRAFIAS.
—N97En Buenos Aires, alos 18 días del mes de abril del año dos mil siete, reunidos en la Sala de Acuer dos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que es objetivo permanente de esta Corte no sólo promover la excelencia en el ejercicio profesional estimulando tareas de investigación, sino que dicha excelencia se traduzca en un fuerte compromiso con el fortalecimiento de la democracia, de la República y de sus instituciones.
Queel reconocimiento a los méritos académicos debe transformarse en un compromiso permanente con la sociedad promoviendo la contracción al estudio, como presupuesto básico para premiar a quienes tienen verdaderas condiciones y vocación por el saber.
Que ello, a su vez, constituirá un incentivo para todos aquellos que se encuentran interesados en perfeccionar se en la investigación y en la práctica del ejercicio profesional, como así también un adecuado complemento de la instrucción académica que se imparte en las universidades del país, beneficio que repercutirá, en definitiva, en la consolidación de las instituciones democráticas.
Por ello, Acordaron:
19 Autorizar la suscripción, durante el año en curso, de convenios entreel Tribunal y universidades nacionales y privadas reconocidas oficialmente e instituciones de probada jerarquía científica, con el fin de convocar a concursos de monografías que promuevan la investigación y la excelencia académica.
2") Disponer, que las bases y todas las actividades relacionadas con los concursos deberán ser precisadas, en cuanto a denominación, descripción, objetivos, definición de las tareas a realizar, plazos, obligaciones y contribución de cada una de las partes, de común acuerdo entre los firmantes.
Toda publicación sobre trabajos científicos que se realice, contará con la aprobación previa de ambas partes, debiéndose guardar en todos los casos la reserva que impone el inciso b) del artículo 8 del Reglamento para la Justicia Nacional.
Los convenios que se suscriban garantizarán la autonomía de las estructuras técnicas y administrativas de las partes, asumiendo cada una de ellas, las responsabilida
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2861
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