ANDRES SOCRATES KAsSIMIS 
INSOLVENCIA FRAUDULENTA.
El tipo penal descripto en el art. 179 del Código Penal no protege la administración de justicia, sino los intereses patrimoniales del acreedor, y en este sentido, complementa la regulación de los delitos concursales e integra el título sexto del Código Penal, en el que se contemplan los delitos contra la propiedad. 
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
Corresponde seguir entendiendo al juez local en la causa por insolvencia fraudulenta si según las manifestaciones de la querellante el lugar de comisión del hecho fue la Provincia de Buenos Aires, ya que el imputado habría dispuesto allí de los bienes y al hallarse todos ellos en dicha provincia, cabe presumir que allí se habrían registrado las respectivas escrituras traslativas de dominio.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte: 
La presente contienda negativa de competencia suscitada entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Correccional N° 2 de esta ciudad, y del Juzgado de Garantías N° 2 del departamento judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa instruida con metivo de la querella formulada por Alejandra Silvia Defina contra Andrés Sócrates Kasimis por el delito de insolvencia fraudulenta.
En ella (fs. 1/7 del agregado) relató que este último -junto a otras personas— había sido condenado civilmente al pago de $ 320.850, en concepto de indemnización por la muerte de su esposo, ocurrida al ser atropellado por un automóvil conducido por un dependiente de Kasimis y su hijo. Asimismo, refirió que al carecer de bienes los demás condenados, la ejecución forzada del pronunciamiento habría de ser dirigida contrael patrimonio del imputado, único con solvencia económica. No obstante —siempre según el relato de la querella— Kasimis habría enajenado durante el proceso e inmediatamente después de recaída la condena cuatro inmuebles de su propiedad y la cuota parte
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:954 
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