4.— Informar periódicamente a la Dirección General de Arquitectura y Servicios sobre el estado de los cursos de acción de las políticas implementadas en las áreas de la Subdirección General de Arquitectura.
5. — Procurar y fomentar el trabajo interdisciplinado en todas las áreas de la Subdirección General de Arquitectura. .
6. — Reemplazar al Director General de Arquitectura y Servicios en caso de ausencia.
PROSECRETARIA DE ARQUITECTURA -
1.— Entender e intervenir en la formación de los proyectos arquitectónicos y los trabajos comprendidos en rubro ampliaciones, modificaciones y reparos de los edificios del Poder Judicial de la Nación, como así también en sus documentaciones licitarias; y ejercer el control de las obras durante el proceso de construcción.
2. — Entender e intervenir sobre las fallas en el funcionamiento de las instalaciones especiales de los edificios habilitados, programando las soluciones técnicas a 3. — Intervenir en las gestiones interpuestas para solicitar recursos tendientes a solventar el pago de los trabajos a ejecutar bajo el rubro conservación permanente de edificios judiciales, inspeccionando a ese fin los edificios, determinando los trabajos dentro de ese concepto, calculando su costo, formulando la programación anual conformea laorden de prioridades que surja de su estado y aconsejando finalmente, el importe a transferir a cada Tribunal, en el ejercicio financiero correspondiente.
4. — Ejercer la asistencia técnica y supervisar el desarrollo y seguimiento de las políticas de acción implementadas por la Superioridad, como así también de las tareas .
en trámite de realización.
. 56.—Formularla programación y cálculo de recursos para cada ejercicio financiero y de sus reajustes, adecuado al plan de obras a su cargo y las provisiones para el año 6.— Procurar y fomentar el trabajo interdisciplinado en las áreas de su dependencia, y además con todos los Prosecretarios de la Dirección General de Arquitectura y Servicios.
PROSECRETARIA DE OBRAS 1. Entender e intervenir en la dirección e inspección de las obras por administración, a realizarse en los edificios del Poder Judicial de la Nación.
2. — Ejercer la asistencia técnica y supérvisar el desarrollo y seguimiento de las políticas de acción implementadas por la Superioridad, como así también de las tareas en trámite de realización.
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:35
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