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Fallos: 310:2192 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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causa: 1.57.XXI, "Incidente de competencia en la causa: CONADEP s/denuncia", resuelta el 3 de febrero de 1987). , Por ello, se confirma la resolución de fs. 35/49.

José SEvero CABALLERO (según su voto) — CanLos S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO 1 PETRACCHI — JORGE ANTONIO Bacqué. ° Voro DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON Josf SEVERO CABALLERO Considerando: —° .

1) Que a fs. 35/42 de este incidente la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná desestimó la excepción de falta de jurisdicción deducida a fs. 1/4 por la defensa de Abel Teodoro Catuzzi, en la que sc cuestionó que ese Tribunal se avocara al conocimiento de esta causa que el recurrente considera de competencia del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas. Contra esta resolución se interpuso el recurso extraordinario de fs. 56/82, concedido a fs. 107/108 Vía., por el que se impugnó la constitucionalidad de los arts. 10 de Ja ley 23.049 y 29 de la 23.499, a los que se considera violatorios de las garantías del juez natural y de la doble instancia judicial, en detrimento de los derechos de defensa en juicio e igualdad ante Ja ley.

29) Que no sc ha planteado, entre jueces y tribunales, una cues¡tión o conflicto de competencia en los términos del art. 24 del decreto-ley 1285/58, ratificado por ley 14.467, por lo que el caso se agota en la consideración de la validez constitucional de la simple avocación. Ello establecido, y pese a que cl pronunciamiento impugnado no constituye sentencia definitiva en los términos del art.

14 de la ley 48, cabe analizar los planteos del apelante, ya que in Volucran una cuestión federal que debe ser atendida en esta oportunidad, por hallarse vinculada a la capacidad constitucional del Tribunal en relación a garantías fundamentales del proceso, y porque sé trata de la asunción de la actividad de un tribunal administrativo por un tribunal judicial, en la que no es suficiente establecor la falta

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2192

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