Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Zelmar Michelini fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Ne 146.
. En cuanto a la sustracción de efectos responde al proceder descripto en la cuestión de hecho Ne 147.
CASO Ne 244: GUTIERREZ RUIZ, HECTOR JOSE Está probado que el ex Diputado Héctor José Gutiérrez Ruiz fue privado de su libertad el día 18 de mayo de 1976 de sú domicilio ubicado en la calle Posadas 1011, Capital Federal, por personal > armado que dependía del Ejército Argentino. . Ello resulta del testimonio brindado en la audiencia por su esposa, la señora Matilde Rodríguez de Gutiérrez Ruiz, quien refiere .
que en la fecha indicada irrumpió en su domicilio un grupo armado, que se identificó como perteneciente a la Policía Federal y luego de revisar sus efectos personales se llevaron a su esposo, atado .
y encapuchado. Miguel Angel Ferreyra al deponer tanto en la audiencia como a fs. 55 del expediente N° 293 citado en los tres casos anteriores, refiere que para esa época se desempeñaba como encargado del edificio donde habitaba la víctima, corroborando los dichos de la:
señora de Gutiérrez Ruiz. .
También está probado mu Héctor José Gutiérrez Ruiz fue muerto por personal dependiente del Ejército el 21 de mayo de 1976. . .
Al respecto cabe remitirse a las constancias del expediente Ne 293, y a los fundamentos vertidos en el caso 241.
En cambio no está probado que en ocasión de su secuestro le fueran sustraídos efectos personales de su domicilio. .
- En tal sentido los dichos de su esposa no son avalados por ningún otro elemento de juicio. " - .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:860
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