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Fallos: 309:165 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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Por último, obra en el Anexo 32 aportatlo por la Conadep, el reconocimiento efectuado ante miembros de la citada comisión por personas que habrían sido detenidas en dicho centro y cuyos nombres se mantuvieron en reserva a su pedido, a lo que se agregá los planos confeccionados por los aludidos Arce, Moyano y Rivero.

4) Batallón de Comunicaciones N° 121. Situado en la Ciudad , de Rosario, Provincia de Santa Fe, en el llamado Barrio Saladillo. Sobre el funcionamiento de esta dependencia como centro clandestino de detención se encuentran los dichos prestados ante este Tribunal por los testigos Adriana Elba Arce y Juan Antonio Rivero, quienes son contestes al manifestar que Juego de haber sido privados de su libertad y alojados por distintos lapsos en la Fábrica Militar de Armas Portátiles Domingo Matheu, también ubicada la misma ciudad, fuero! trasladados al Batallón de Comunicaciones N° 121, donde continuaron su cautiverio. Al respecto, es categórica la nom- brada Arce cuando manifiesta que el mismo personal de ese cen- —.

tro, a quien iventificó como Sargento Primero Eduardo Mangione, de la Policía Militar, y Sargento Primero de Gendarmería Eugenio Zacarías, le reconocieron que el Jugar era el Batallón de Comunicaciones N° 121. ' Se agrega a ello el Anexo N° 33 aportado por la Conadep en el que figura la inspección ocular realizada en el lugar por miem- bros de la citada Comisión en compañía. de cuatro testigos cuyos nombres se mantuvieron reserva.

5) Regimiento Ne 29 de Infantería de Monte. Ubicado en el Barrio San Agustín, Provincia de Formosa, en frente del Barrio o Militar. Se encuentra probada su existencia como centro clandestino de detención a través de las manifestaciones que ante la audiencia produjeran Pedro Atilio Velázquez Ibarra, Carlos Tomás Gatinoni, y Antonio Rafael Zárate quienes manifiestan haber sido conducidos a dicho centro luego de haber sido privados ilegalmente de su libertad, siendo preciso el mentado Zárate al afirmar que pudo

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:165 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-165

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