requiere que la persona sea dejada a solas por el Estado —no por la religión ni por la filosofía— cuando toma las decisiones relacionadas con las dimensiones fundamentales de la vida, y la intromisión estatal con repercusión en dichas dimensiones sólo podrá justificarse sobre la base de ponderadísimos juicios que sean capaces de demostrar que las restricciones conciernen a la subsistencia de la propia sociedad (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL. Derechos y garantías. Derecho a la intimidad.
La protección material del ámbito de privacidad resulta uno de los mayores valores del respeto a la dignidad de la persona y un rasgo diferencial entre el estado de derecho democrático y las formas políticas autoritarias y toralitarías (Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi), CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y saranzías. Derecho a la intimidad.
Las garantías de libertad de conciencia, de expresión, de la inviolabilidad del domicilio y los papeles privados, de no ser obligado a declarar contra mismo (arts. 14 y 18), de la inmunidad contra el alojamiento forzado de tropas (art. 17 in fine), que la Ley Fundamental consagra, no bastan para la protección adecuada del ámbito de privacidad, sino que más allá de ellas, como parte integrante del esquema de "libertad ordenada" se halla el derecho genérico al aseguramiento —incluso en lo material— de una área de exclusión sólo reservada a cada persona y sólo penetrable por su libre voluntad, Tal exclusión no sólo se impone como un límite al poder estatal, sino también a la acción de los particulares, especialmente cuando éstos integran grupos que, en el presente grado de desarrollo de los medios de comunicación, se han convertido en factores que ejercen un poder social considerable, ante los cuales no cabe dejar inermes a los individuos Voto del doctor Enrique Santiago Petracchi).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de publicar las ideas.
La libertad de información no puede acotarse con bas: en el derecho de privacidad cuando los hechos son, desde su inicio, del dominio público Voto del doctor Enrique Santiaro Petracchi).
CONSHTECION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de publicar las ideas, El lugar eminent: que sin duda tiene en el régimen republicano la libertad de expresión —comprensiva de la información— obliga a particular cautela en cuanto Ye trate de deducir responsabilidades por su ejercicio.
Empero, ello no autoriza al desconocimiento del derecho de privacidad inte
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1898
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