CAMARA FEDERAL EN LO PENAL DE LA NACION. CREACION DEL
CARGO DE DEFENSOR OFICIAL. REGIMEN DE REEMPLAZOS
— No — En Buenos Aires, a ls 26 días del mes de marzo del año 1973, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Doctor Don Eduardo A, Ortiz Basualdo y los Señores Jueces Doctores Don Roberto E. Chute, Don Marco Aurelio Rislía, Don Luis Carlos Cabral y Doña Margarita Argias, ¿ Consideraron:
Que ante la comunicación efectuada por la Cámara Federal en lo Penal de la Nación —expediente de Superintendencia IN 4.693/73-, solicitando se dicte una acordada sobre sustitución de Defensor a raiz de haberse creado ese cargo para dicha Cámara —decreto N 1631/73—, corresponde acceder a lo peticionado; Resolvieron:
1) Dejar sin efecto las Acordadas de esta Cote Suprema Nos. 30/71 y 46/71, del 18 de agosto y 5 de noviembre de 1971, respectivamente.
2) Establecer el siguiente orden para la actuación de defensor oficial ame la Cámara Federal en lo Penal de la Nación, para los casos de impedimento, licencia o vacancia del Defensor Oficial tirular:
a) El Defensor de Pobres, Incapaces y Ausentes ante la Cone Suprema y Tribunales Federales; b) El Defensor de Pobres, Incapeces y Ausentes en lo Criminal y Correccional en tumo. Al efecto, el tumo se asignará en forma rotativa, a parir de la Defenso ría NI 1.
€) En cam de ser necenria la actuación de más de dos defensores oficiales, su intervención se ajustará al orden de los turnos establecido precedentemente.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registre en el libro correspondiente, por ame mi, que doy fe. Evuanoo A. Oumz Basuaino — Roscavo E. Cuurs — Manco Auneno Resoría — Luis Camos Camnar — Marca mTA Ancúas. Jorge Arturo Peró (Secretario).
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Año: 1973, CSJN Fallos: 285:108
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