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Fallos: 260:9 de la CSJN Argentina - Año: 1964

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ENRIQUE B. ROVEDA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, ResoJuciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias, El pronunciamiento de la Cámara Comercial que declara fraudulenta la condueta comercial del reenrrente en una quiebra, no reviste carácter definitivo en los términos del art. 14 de la ley 458, pues tal enlifieación está supeditada alo que resuelva la jurisdicción represiva (art. 178 de la ley 11.719) (1).


ESTHER LOPEZ 1e VALDUEZA v. ADMINISTRACION

GENERAL vr PUERTOS

EMPRESAS DEL ESTADO,
Las disposiciones de la ley 11.729 riven respecto de los emplendos no jerar«quizados de las empresas del Estado, salvo lo que disponga un réximen expreso distinto, cosa que no ocurre con los de la: Administración General de Puertos.


DICTAMEN DEL ProCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

En mi concepto, el estatuto orgánico de la empresa estatal demandada, aprobado por el decreto-ley 7996/56 y modificado por el 6675/63, no contiene disposición alguna que imponga reconsiderar lo resuelto por el a quo acerea de la naturaleza del .

vínculo que lign a aquélla con su personal subalterno, Por ello; lo dispuesto por el art. ?, ine. j), del decretoley 6666/57; y principios emergentes de la jurisprudencia de Fallos: 244:196 ; 245:271 y 280; y 247:363 , pienso que corresponde confirmar el fallo apelado en cuanto pudo ser materia de recurso extraordinario, Buenos Aires, 20 de agosto de 1964, — . Ramón Lascano.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de octubre de 1964, Vistos los autos: "López de Valdueza Esther c/ Administración General de Puertos s/ ind. fallecimiento".

Considerando:

1) Que la demandada funda su recurso extraordinario en ser la sentencia apelada contraria al alcance que atribuye aqué1) 2 de octubre, Fallos: 245:182 ; 250:185 ,

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Año: 1964, CSJN Fallos: 260:9 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-260/pagina-9

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