COSA JUZGADA (').
1. El reconocimiento del earáctor imcumtable de una decisión judicial requiere la existencia de un trámite anterior contradictorio en el que se hayan respetado sustancialmente las exigencias de la garantía de la defensa en juicio. Si ello no ha ocurrido en el caso, sezún de manera irrevisable por la Corte Suprema lo declara la sentencia apelada, el recurso extraordinario es improcedente: p. 12.
COSTAS (:).
Derecho para litigar.
1. Es pertinente la exención de costas cuando, disentiéndose enel juicio entes tones regidas por leyes recientes, de interpretación opinable, que no han recibido una intelizencia judicial uniforme, la demandada pude haberse ereído con razón «uticiente para litizar: p. 251.
COSTUMBRE.
Ver: Recurso extriordinario. 109.
CUERPO DEL DELITO.
Ver: Prueba, 3.
CUESTION FEDERAL.
Ver: Jurisdicción y competencia, 267 Recuro extraordinario, 32, 58, 153, 154 157, 155, 159, 160.
CULPA.
Ver: Daños y peritiieios, 1.
D
DAÑO.
Ver: Recurso extraordinario, SI.
DAÑOS Y PERJUICIOS (:).
Culpa.
Extracontractual.
1 Corresponde declarar que existe enlpa conetrrrente en el accidente de tránsito ocurrido en el eres de una boenentie enando se adan los siguientes eiremtstancias: el automóvil de la demandada mé ebocado por el de la actora; un testigo presencial afirma que el primero eirentaba a 1inyor velocidad que el aczundos el de la demanciada adoles la de imperfeeciones téenien=: p. 321.
Responsabilidad del Estado.
Accidentes de tránsito.
2, No nesconocida la esisteneia de los abuños ocasionados como consecuencia del choque entre un vehículo oficial de una provincia y E ómnibus del zobierno po Ver también: Recureo estranrliario. 17, 6.59. 70.
: Ver también: Mecurso extriordinario 74, 170 Recurso ordinario de apelación. + Ver también dursabieción y competoncía, 2, 44 e
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Año: 1963, CSJN Fallos: 255:424
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