Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 239:292 de la CSJN Argentina - Año: 1957

Anterior ... | Siguiente ...

nistros Doctores Don Manuel J. Argañarás, Don Enrique V. Galli, Don Carlos Herrera y Don Benjamín Villegas Basavilbaso, con asistencia del Señor Procurador General de la Nación, Doctor Don Sebastián Soler, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto-ley 6621/57 y Acordada del 28 de junio ppdo, Considerando :

Que en presencia de los resultados que arrojan los sorteos de que da cuenta el acta de fechn 23 del corriente mes, lo dispuesto por el deereto-ley 0621/57 y por la Acordada del Tribunal de fecha 28 de junio ppdo., corresponde dejar integrados los Tribunales de Enjuiciamiento de los Magistrados Nacionales, previstos en el citado decreto-ley, para el año 1958.

Que a los efectos mencionados, corresponde asimismo confeccionar las listas de abogados de la matrícula a que se refiere el art. 37 —último apartado— de dicho decreto-ley, Resolvieron:

1) La Sala del art. 15 del deereto-ley 6621/57 estará presidida por el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como titular, y por el Señor Ministro Decano o su reemplazante reglamentario como sustituto, e integrada por los Señores Ministros Doctores Don Enrique V. Galli y Don Manuel J. Argañarás, como titulares, y Don Benjamín Villegas Basavilbaso y Don Carlos Herrera, como sustitutos de los anteriores en el orden expresado.

20) El Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados de la Capital Federal será presidido por el Señor Ministro Doctor Don Benjamín Villegas Basavilbaso, como titular, por los Señores Ministros Doctores Don Enrique V. Galli, Don Manuel J. Argañarás y Don Carlos Herrera, como sustitutos en el orden expresado e integrado por los Señores Presidentes de las Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Penal Especial y en lo Contenciosondministrativo y Civil.

30) El Tribunal de Enjuiciamiento de los Magistrados del Interior será presidido por el Sr. Ministro Doctor Don Carlos Herrera, eomo titular, por los Señores Ministros Doctores Don Manuel J. Argañarás, Don Enrique V. Galli y Don Benjamín Villegas Basavilbaso, como sustitutos en el orden expresado.

4) Confeccionar las listas de abogados correspondientes a la Capital Federal y a las distintas Cámaras Nacionales de Apelaciones con asiento en el interior, en la forma que a continuación se entinein:

a) Capital + ederal: Doctores: don Jorge Coll, Julio Dassen, Atilio Dell'Oro Meini, Bartolomé A. Fiorini, Carlos M. Gamas, Carlos M. Giuliani Fonrouge, Julio O. Ojea, Juan Carlos Palacios, Moracio C. Rivarola y Mario de Tezanos Pinto.

b) Cámara Nacional de Apelaciones de La Plata: Doctores: don Luis María Cánepa, César Díaz Cisneros, Lucio J. Florio, Juan Alberto Garré, Luis Roberto Lima, Oscar V. Menvielle, Jorge Romano Yalour, Félix Trigo Viera, Pedro A.

Verde Tello y Juan Manuel Villareal.

e) Cámara Nacional de Apelaciones de Bahía Blanca: Doctores: don Raúl E. Bagur, Fermín R. Moisá, Julio César Martella, Bernardo V. Vila, Jorge Bermúdez, Florentino Ayestarán, Serafín Groppa, Pablo Lejarraga, Gustavo Bunsow y Ciregorio Seheines.

d) Cámara Nacional de Apelaciones de Paraná: Doctores: don Jorge Ferreira Bertozzi, Benjamín Vieyra, Rafuel D. Uzin, Daniel Albornoz, Fabián López

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

77

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1957, CSJN Fallos: 239:292 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-239/pagina-292

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 239 en el número: 292 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos