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Fallos: 222:23 de la CSJN Argentina - Año: 1952

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ben ser desempeñadas por los funcionarios titulares de iguales cargos ante la Justicia Nacional en lo Penal de la Capital Federal, :

Las Defensorías de Pobres, Incapaces y Ausentes ante la Corte Su y tribunales nacionales en lo Civil, Comercial y Penal Enpecial y en lo Contencioso. Administrativo acéfales, serán atendidas por los dos defensores oficiales ante los tribunales nacionales en lo Penal de la Capital Federal de nombramiento más reciente, desempeñando la que fué del doctor Allchurch el más antiguo y la que fué del doetor Llosa el de última designación. Ambos funcionarios deberán hacerme cargo de sus tareas; anunciando a esta Corte la fecha de iniciación de su cometido. s Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe. — Ropouro G. VALENZUELA. — Tomás D. CasaRES. — FELIPE SANTIAGO Pérez, — ArtiíO Pressono. — Esteban Imas (Secretario).


ACORDADA SOBRE SUSPENSION DE ACTIVIDADES
JUDICIALES EL 28 DE SEPTIEMBRE DE 1951 En Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos cineuenta y uno, reunidos en au Sala de Acuerdos el señor Ministro Decano de la Corte Suprema de Justicia de la Nación doctor don Rodolfo G. Valenzuela y los señores Minntros dotores don "Tomás D. Camus, don Velipe Sa tingo Pérez y don Atilio Pesagno, con asistencia del Procurador General de la Nación doctor don Carlos Gabriel Delfino, teniendo en cuenta los acontecimientos que son de pública notoriedad, Resolvieron :

Suspender durante el día de veintiocho de bre, las actividades judiciales: de los Tribunales Nostonales de todo el país, así como el curso de los términos.

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Año: 1952, CSJN Fallos: 222:23 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-222/pagina-23

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