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Fallos: 216:86 de la CSJN Argentina - Año: 1950

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cumplimiento de sus disposiciones, se tomaron por esta 7 Corte las providencias necesarias para la constitución de los organismos previstos en la misma. El juicio del Tribunal respecto al régimen así establecido sería, desde luego, prematuro y ¿ebe reservarse para la oportunidad en que el cuerpo cuente al respecto con suficiente experiencia. Buenos Aires, 31 de marzo, Año del Libertador General San Martín, 1950.

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Año: 1950, CSJN Fallos: 216:86 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-86

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