ACORPADA SOBRE TURNOS DE LOS JUZGADOS
FEDERALES N' 1 y 2 DE LA CAPITAL
En Buenos Aires a los dos días del mes de diciembre.del año mil novecientos cuarenta y nueve, reunidos en su Sala de Acuerdos el Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. don Luis R. Longhi y los Sres. Ministros Dres. don Roc olfo G. Valenzuela, don Tomás D. Casares, don Felipe Santiago Pérez y don Atilio Pessagno; Dijeron:
Que en fecha 30 de noviembre ppdo., el Sr. Juez Federal de la Capital a cargo del Juzgado N" 1 comunica a esta Corte Suprema que se encuentra con el despacho al día y en condiciones de recibir causas nuevas, Que en consecuencia y habiendo desaparecido los motivos que decidieron al Tribunal a adoptar las disposiciones previstas en los puntos 2" y 3' de la Acordada fecha 27 de diciembre del año ppdo., se resuelve:
1") Que a partir del día 5 del corriente y hasta fin de mes estará de turno el Juzgado Federal N" 1 de esta Capital para el conocimiento de todas las causas previstas por el Código Penal y leyes complementarias.
2") Que en lo sucesivo y de acuerdo con lo que dispone el art AT del Tegiamento para la Juixia Federal y Letrada de los Territorios Nacionales, dicho Juzgado se turnará mensualmente con el N° 2 para la distribución de las referidas causas, Todo de eual dispsttres y mandaron ordenando se comu.
nicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí de oe fe. — Lvis R. Lonont, —.Ropouro G. VaLEnNzuELa. — Tomás D. Casares, — FELIPE SANTIAGO Pérez. — ArtiLIO Pessaaxo, — Ramón T. Méndez (Secretario).
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1950, CSJN Fallos: 216:34
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-216/pagina-34
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 216 en el número: 34 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos