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Fallos: 204:662 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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la ley n° 1893". En el caso Griffin v. Ferri y otros por calumnia —Fallos: 132, 226— decidióse que competía a la justicia federal el conocimiento de la cansa fundada en una solicitud calumniosa presentada ante el Consedo Superior de la Universidad -Nacional de La Plata, en la cual, el Gob. Nacional tiene absoluta y exclusiva jurisdicción, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3, ine, 4°, de la ley n° 48 y 23, inc. 4", del Cód. de Proced.

Crim. En el caso Mazza v. Alvarez Prado y otro por injurias graves, Fallos: 138, 251; en Boero v. Baudet y otros por injurias; y en Bendomir v. Gustavino por calumnias e injurias, Fallos: 181, 133; en todos ellos se decidió, como en los anteriormente citados, que procedía la jurisdicción y competencia de la justicia fede.

ral por la semejante circunstancia de haberse producido el o los hechos de que los querellantes se agraviaban en lugares donde el Gob. Nacional tenía absoluta y exclusiva jurisdicción mediante notas o exposiciones escritas, con prescindencia de la mayor difusión posterior o concomitante de los mismos.

111) Que, además, debe tenerse en cuenta la calidad de funcionario nacional del querellado, dependiente directo del Presidente de la República y que fué, en desempeño de funciones inherentes al cargo especial conferido que realizó la investigación y produjo el informe mencionado en la querella; y si los interventores nacionales er las provincias tienen ese carácter y deben actuar sujetándose a las instrucciones que del Presidente reciben, por lo cual no hacen sino ejercer poderes nacionales expresos y transitorios; su nombramiento no tiene origen en disposición alguna local y sus actos no están eujetos a la responsabilidad ni acciones que las leyes locales establecen respecto de sus propios gobernantes; C. S,, Fallos: t. 154, pág. 192; y si es la

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Año: 1946, CSJN Fallos: 204:662 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-204/pagina-662

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