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Fallos: 195:5 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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PROCEDIMIENTO EN LOS CASOS DE LIBERTAD
CONDICIONAL
En Buenos Aires, a once días de marzo de mil novecientos cuarenta y dos, reunidos en su Sala de Acuerdos el señor Ministro Decano de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Antonio Sagarna y los señores Ministros, doctores don Luis Linares, don Benito A. Nazar Anchorena y don Francisco Ramos Mejía, con asistencia del señor Procurador General, doctor don Juan Alvarez, teniendo en cuenta: Que atento lo manifestado por la Dirección General de Institutos Penales no sólo no existe óbice para que las solicitudes de 1ibertad condicional sean informadas por esa Dirección, sino conveniencia por la uniformidad de criterio con que pueda, así, ser apreciada la personalidad moral de los condenados, su peligrosidad y la posibilidad de su readaptación social. Que la circunstancia de que alguno de los condenados por los jueces federales cumplan sus penas en las cárceles de provincia no crea inconveniente alguno al respecto, por cuanto basta que en tales casos el informe les sea solicitado a la dirección de esos establecimientos, acordaron:

Dejar sin efecto el inciso «) de la acordada del 24 de octubre de 1938 y disponer que tanto los tribunales federales, como los de la justicia letrada de: los territorios nacionales antes de otorgar la libertad condicional requieran informe a la Dirección General de Institutos Penales, en los casos en que el solicitante se encuentre recluído en alguno de los establecimientos dependientes de dicha institución, o a la dirección de los respectivos establecimientos en caso contrario, acerean del cumplimiento de los reglamentos carcelarios, de la personalidad moral del penado, sus condiciones de peligrosidad y readaptabilidad y la conveniencia de adoptar o negar la medida solicitada.

Con lo que terminó el acto, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí de que doy

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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:5 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-5

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