SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
La Plata, abril 14 de 1939.
Y Vistos: Estos autos seguidos por el Estado Argentino contra la Cía, de Muelles y Depósitos del Puerto de La Plata, sobre reivindicación, de los que resulta:
1) Que a fs. 11 el señor Procurador Fiscal en representación del Fisco Nacional, demanda por reivindicación del lote N° 121 de los Bañados de la Ensenada, que según afirma de tenta sin título legal alguno la compañía demandada.
Sostiene que el dominio fiseal emerge de In compra del Puerto de La Plata hecha por la Naeión a la Provincia de Buenos Aires; contrato ad referendum de 29 de agosto de 1904, ratificado por el Congreso Nacional y Legislatura de la Provincia, por las leyes HG y de 4 de octubre de 1904, respectivamente, Expresa que por es convenio la Provincia de Buenos Aires, que tenía sobre esas tierras el derecho originario de dominio que emerge del art, 2342, ine, 1? del Código Civil, le transfirió todos sus derechos y neciones para hacerlos valer contra quienes se hubieren apoderado de ellas sin derecho, de manera que la Nación, además de propietaria del Puerto de La Plata es cesionaria de los derechos de dominio y posesión, y en tal concepto puede aecionar contra los intrusos o detentadores de tierra fiseal en esa zona, Agrega que la tradición del Puerto s° hizo a la Nación en 9 de octubre de 1904 y después de mencionar las diversas leyes, decretos y mensuras econ las nales sostiene que ésta ha afirmado su derecho de dominio y su voluntad de poseer enmimus-domine ese bien, concluye solicitando se haga Jugar a la acción interpuesta, con eostas, Funda la misma en los arts, 2342, 2506, 2521, 2601, 2602, 2603, 2758, 2759, 2790, 2442, 2435, 2438 y 2439 del Código Civil, II) A fs. 52 la demandada eontesta la úeción, solicitando sti rechnzo, con enstas, Sostiene que como lo neredita con la escritura agregada a fs. 37, la Provincia de Buenos Aires, por resolueión de 24 de agosto de 1889, le eedió con destino a la construeción de un gran doek una fracción de terrenos anegadizos de 152410 m2.
De esa superficie, 130.066 m3, debían utilizarse en la ejecución de obras públicas, por lo cual su cesión se hizo a título gratuito y el resto de 22334 m5, destinado n ensanche del Dock, »
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:347
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