Sumario.—1° Consignándosé en un contrato de locacion a ebligacion por parte del locatario de dejar en beneficio de la finca arrendada las mejoras que hiciere y precisare la finca, esta clhusula no importa la obligacion de reedificarla si se derrnmbase por mal construida ó por caso fortuito.
2 El inquilino puede exijir que el locador reconstruya lo derruido para dejar y mantener la finca habitable como lo estuviera al tiempo del contrato.
3" No cumpliendo el.locador con esta obligacion, el locatario tiene derecho, no solo para rescindir el contrato, sinó tambien para repetir contra el locador los perjuicios consiguientes y el valor de las mejoras hechas.
40 Aceptado por las partes un auto de prueba sin que el juez designe los puntos sobre que debe versar, no puede fundarse en esa falta, un recurso de nulidad........occoreoccoonacar er. 449
CAUSA CXVI.
D. Juan Marchall contra D, Miguel Lanieri, sobre condenacion en costas y fianza.
Sumario.—Cuando por la sentencia en el juicio de apremio, este se mande llevar adelante, el acreedor, antes de hacérsele el pago, está obligado si el deudor lo exijiere, 4 asegurar con fianza idónea, las resultas del juicio que este pueda intentar contra el título del acreedor... .....esececorrerce DE rercaarerereee: AB
CAUSA CXVIL
D. Juan Dufour, D. Juan Macolm y el Albacea de la testamentaria de D. Eduardo Lumb, contra el Gobierno dela Provincia de Buenos Aires. Incidente sobre competencia.
Sumario.—El hecho de ocurrir un particular al Gobierno de la Provincia para cobrar el valor de terrenos ocupados por un ferro-carril, pidiendo la mensura y tasacion de ellos, no importa la voluntad de sujetarse á los Tribunales Provinciales ni la renuncia de ningun derecho.........eso=-+ecocececcrcareceo A59
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:517
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