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Fallos: 15:514 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Pajinas Sumario.—La calidad de heredero ab-intestato, especialmente entre colaterales, solo puede ser reconocida y declarada por el juez de la sucesion respectiva, prévios los trámites y formalidades legales; no puede por consiguiente admitirse una demanda entablada por el actor en calidad de "tal heredero, sin haber acreditado la existencia de la correspondiente declaratoria judicial 4 su favor... .........eesrooacran =. eeeociao DOT

CAUSA CVIIL
El Fisco Nacional contra D. Mariano Cabal, sobre devolucion de cantidad de pesos.

Sumario.—1o Las sumas recibidas en cuenta corriente y no acreditadas en ella ni pagadas de otra manera, deben ser devueltas á quien las entregó con los intereses! correspondientes desde el dia de la entrega.

2° El mandatario no puede ser demandado personalmente por las obligaciones contraidas 4 nombre del mandante...... 389

CAUSA CVII.
El Procurador Fiscal de la Seccion de la Rioja, contra los Conjueces de la mesa escrutadora de Guandaco! por inasistencia á las elecciones del 12 de Abril de 1874. Incidente sobre recusación del Juez.

Sumario.—El haber sido un Juez de Seccion ardiente partidario de una candidatura en las elecciones para Presidente de la República, si bien es una gran falta, esto no lo inhabilita para juzgar enel hecho de haber faltado los miembros de una mesa escrutadora al cumplimiento de su deber... .......... 417

CAUSA CIX.
D. José Leonardo Avegno, contra la Provincia de Buenos Aires, sobre reivindicacion de una finca.

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:514 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-514

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