ha CUT FALLOS DE LA CORTE SUPREMA - > >. NED
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E Acción primordial para que ese sometimiento pueda existir, e". SES Gmparta la presunción de que Ta persona que la ejerec es la y r : propietaria: dé manera que el poseedor ño necesitar otro titils NE ni otra priteba que ,4/ posesión para conservarse en ella. mienCrees E tras otro no le pruebe mejor derecho enel juicio corresponE E : —ondiénte ¡e i e a | 5 A :
E Que si el Banco priiera desalojar al tercero sin tas for.
Dale Ts de juicio, privaria al posccdor de su principa? y a veses , OC única defensa, cargándolo indebidamente con is prueba de sito-— Lu ; derecho enel juicio petitorio; v en los casos que el poseedor , n . notuviera titulo, tomaric la poscsión sería vibitarle toda de e ferial. privindalo de toda derecho. — L E. = «El. Banco no defaría de usar un procedimiento tin ven SEL + tujoso: tomando ta posesión, en vez de iniciar juicio de rei -. 7 e Vindicación, obligaria a que lo inicie y cargue con la prueht e «Al poseedor, trastora ulo de ese modo el ordén de tal juicio. ESPE - Tan Sbenridas conclusiones demuestran que no puede dav AE sea las facultades conferidas por la ley el alcance que pre.
teme ¿Dalemandado y ¿qe haciendolo se violan he garantias de > hor Le propiedad. > . me E Que años - facultades serian igualme Me reprignarites me» artículo 18 de la Constitucion Nacional que establece Le invioE Tabilicad de la defensa en ticio de la persona y los derechos, EE En efecto, este prevepto ha sido tomado de la quimacen ; ES 7 omienida ee la Constitución de los: Estudis Unicos, que esta7 7 eee, entre otras garantias. que finguna persona será priva $ y sia dle st propiedad sin el debida juicio de ley 1 Nemsigal! mtv 7 E Jerson he deprived 0f property, withont due process 9f A hw: y da frase "que progses of law ha sido imerprotada CE TT por la Corte Suprema:como que se refiere a esa ley de la tieEa BES: E ta Haw of the dando que deriva st antoridad, e Tos poro.
Mu res femidativos emtieridos el Congreso por la Constitución +:
E Las Estados 1 nidos, ejercida dentro de tos limites alli pres.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:418
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