cansados que queda consentida por las partes y a f=. 43 via. se decreta la antopsia aconsejada por el señor Fiscal y el desglose de los informes medicos para que se saque copia legible de los miss, lo que se verifica a És. qu, resultamlo de dichos informes que la víctima había sufrido la fractura de la base del cráneo y de la boveda craneana, de las costillas y de la columna vertebral, todas esas heridas han sido producidas corr un cuerpo objeto duro. Respecto 3 la catopsia ordenada, el médico de signado manifiesta que sin el concurso de otro médico le es imposible efectmaria, Ns. 37 via. el señor Fiscal formula su acusación y solicita para el procesado Herbstsomer ocho años de penitenciaria y para Neiwann seis y medio de la misma pena. A fs. 61 la defensa impugna la acusación fiscal y pide la absolución de sus representados. No se produce prueba en el plenario, ni tampoco informe e 7oce llamándose antos para sentencia a fs. 64.
YN És. 68 vta. el Juzgado, sin perjuicio del estado de la catisa y para mejor proveer ordena diversas medidas tendientes a establezer la enemistul y resentimientos que existieron entre la victima, la Miner y el procesado Terbstsomer.
Vfs. y el actuario informa que procede a agregar >, una catisa por lesiones contra Cristina Miner, y de la que resulta como víctima un hijo del procesado Herbstsomer Hamado Enrique y de los informes requeridos a la policia de Barón v M. Mayer, 10 se constata la existencia de ninguna denuncia hecha por Herbstsomer contra Miner o Schawartz: no obstante. es de notar que el oficial de Barón en esta fecha no es el mismo que actuó en la ¿poca de la instrucción del presente Sinnario, Y considerando:
15 Que consta de amos la muerte violenta de Matias Sehawartz, por el informe medico legal, partida de defunción y demás actraciones.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 135:36
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