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Fallos: 109:250 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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250 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ción y emplazamiento decretados por el señor juez de la causa. .

bajo" los apercibimientos ordenados, ofreciendo á V. E., la completa reciprocidad en casos como el presente. Dado, firmado y sellado en el salón de mi despacho á los tres días.

de junio de mil novecientos ocho. - o o - Santiago Irigoyen.— Yicente

DICTAMENIDEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL .
Suprema Corte: El asunto 4 que se refiere. este exhorto es perfectamente extraño así como su diligenciamiento, á la jurisdicción de NA E., como tribunal originario, de apelación 6 como titular en la superintendencia de la justicia nacional, que le atribuyen los artículos 100 y 101 de la Constitución, - artículo 1.9 de la ley 48, y disposiciones correlativas de ja ley 4055.

En consecuencia pido 4 V. E., se abstenga de darle curso, devolviendolo al tribunal exhortante, en la manera que corres ' ronda. _ .

Julio Botet.

FALLO DÉ LA CORTE SUPREMA . Buenos Airós, Junio 27 de 1908. .

De conformidad con el dictamen que precede, devuélvase al tribunal de su procedencia con el oficio correspondiente.

o . _ A. BErmeso.— NICANOR G. .

DEL SOLAR. — C. Moyano GaciTÚA.

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:250 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-250

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