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ARTICULO 724 .-IMPUGNACION AL INVENTARIO O AL AVALUO
ARTICULO 724 .-Agregados al proceso el inventario y el avalúo, se los pondrá de manifiesto en la secretaría por CINCO (5) días. Las partes serán notificadas por cédula.
Vencido el plazo sin haberse deducido oposición, se aprobarán ambas operaciones sin más trámite.
Ver articulos: [ Art. 721 ] [ Art. 722 ] [ Art. 723 ] 724 [ Art. 725 ] [ Art. 726 ] [ Art. 727 ]
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LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES
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TITULO UNICO - PROCESO SUCESORIO
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CAPITULO V - INVENTARIO Y AVALUO
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También puedes ver: Art.724 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela