- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 24 .-- APERTURA A PRUEBA.- El Superior Tribunal o Cámaras de Apelaciones, integradas al efecto si procediere, recibirán el incidente a prueba por diez días, si hubiere de producirse dentro de la ciudad donde tiene su asiento el tribunal.
El plazo se ampliará en la forma dispuesta en el artículo 158.
Cada parte no podrá ofrecer más de tres testigos.
Ver articulos: [ Art. 21 ] [ Art. 22 ] [ Art. 23 ] 24 [ Art. 25 ] [ Art. 26 ] [ Art. 27 ]
Codigo Procesal Civil y Comercial Formosa >>
LIBRO I
- DISPOSICIONES GENERALES
>>
TÍTULO I
- ORGANO JUDICIAL
>>
CAPÍTULO III
- RECUSACIONES Y EXCUSACIONES
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.24 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales